jueves, noviembre 16, 2006

Zapatero, a tus zapatos

Resulta que he tomado conocimiento sobre el “proyecto de ley” promovido por el COPISE (Colegio de Profesionales en Informática de Sgo del Estero) (?!) que tiende a regular la actividad de los “informáticos” en la Madre de Ciudades.

Se los sintetizo: el proyecto no es tal, es un adefesio de despropósitos.

Breve enumeración de barbaridades:

1)Comenzamos mal. En el artículo 1 dice: esta ley reglamenta el “ejercicio de las profesiones en Ciencias Informáticas”

Qué carajo son las “ciencias informáticas”?!!! Busqué una definición pero no la encontré... se me hace que ellos no tienen bien claro qué actividad quieren reglamentar. Podrían haber puesto “todo lo que tiene que ver con una computadora” y eran más claros ;-)

2)En el inciso 3 del art 2 dice que los títulos terciarios son aquellos que comprenden 3 años lectivos como mínimo. Muchachos del COPISE... no se mide en años sino en horas de clase.

3)Dejan la puerta abierta para que se inscriban los “idóneos” ... siempre y cuando acrediten aplicación de los conocimientos que se consideren como propios de la profesión. Muchachos del COPISE... no son capaces de definir la profesion y pretenden saber cuáles son los conocimientos propios de la misma?

4)El art 5, aparte de ser un delirio total, nos da una idea de lo que los muchachos del COPISE consideran ejercicio de la profesion (transcribo textualmente!):

Se considerará ejercicio profesional:
La publicidad ofreciendo servicios.
La emisión, reproducción o difusión de las palabras: Programador, Analista, Licenciado, Ingeniero, Asesor, Consultor, Computador, Experto, Magíster, Auditor o similares y sus equivalencias en idiomas extranjeros, con referencia a cualesquiera de los ámbitos de las profesiones reglamentadas por esta Ley.
El empleo de los términos Academiaa, Estudio, Asesoría, Consultoría, oficina, Centro, Sociedad, Organización u otros similares y sus equivalentes en idiomas extranjero, con referencia a cualesquiera de las profesiones reglamentadas por esta Ley.

Uf... Definitivamente los muchachos del COPISE me están convenciendo de que no entienden nada. El art 5 dice que si realizas “publicidad ofreciendo servicios” entonces haces ejercicio de la profesion de las Ciencias de la Informática!... Publicistas, tomen nota, son informáticos!

Si difundes palabras como Programador, Analista... entonces haces ejercicio de la profesion de las Ciencias de la Informática!... Locutores de radio y TV, conferencistas, escribas de todos los medios, tomen nota, son informáticos!

5)El art. 7 establece que si cometes el delito de usurpación de título (“de las profesiones reglamentadas por esta ley”) Además de las responsabilidades civiles y penales pertinentes, tienes que pagarle una multa al COPISE... jajaja

Salteo algunos artículos para no detenerlos en detalles de este bodrio.

6)El art. 18, intitulado “Normas Generales” es una colección de 16 incisos que intenta ser un código de conducta de los matriculados en el COPISE. Sin comentarios.

7)El art. 19, “Deberes del Profesional para con sus Colegas” es otro apartado que puede servir de lectura para el baño.

El resto de los arts de la Ley vienen a ser los estatutos del COPISE (!!!) El COPISE, existe o no? O la ley es el instrumento de su creación? Si no existe, cómo es que hay un presidente del COPISE?

Ah! parece que los muchachos del COPISE tampoco tienen claro si la C de COPISE es de “Colegio” o de “Consejo”, lo usan indistintamente.

Me tomo el atrevimiento de aconsejarles a los muchachos del COPISE que antes de sentarse frente al procesador de textos a redactar un proyecto de ley, pongan esfuerzo en definir con precisión el hasta ahora nebuloso término “profesionales de las Ciencias Informáticas”. Suerte.

La gente de ODISEA ha redactado una carta manifestando su oposición al proyecto de ley. Puedes firmar la carta. Con el lujo de diputados que tenemos, mejor moverse antes de que aprueben la ley.

Un abrazo.